Daisy Sánchez Collazo

La sesión ordinaria de la Legislatura Municipal de San Juan celebrada el 12 de septiembre dejó al descubierto una profunda fisura entre el discurso oficial sobre seguridad y las garantías democráticas que protegen la libertad de expresión. La delegación del Movimiento Victoria Ciudadana decidió abstenerse de votar sobre la enmienda número 11 del Código de Seguridad Municipal, específicamente el artículo 5, que prohíbe el acceso a dependencias gubernamentales a personas con el rostro cubierto, salvo agentes encubiertos o enmascarados del orden público.

Esta abstención no fue un acto de indiferencia, sino una postura crítica frente a una legislación que, bajo el pretexto de seguridad, establece una preocupante asimetría legal: mientras se exige a los ciudadanos descubrir su rostro e identificarse, se permite a los agentes del orden ocultar el suyo sin restricciones claras ni mecanismos de supervisión.

La presidenta de la legislatura defendió la medida alegando que los policías municipales no deben tener menos derechos que los estatales, y que sus placas y nombres permiten su identificación. Sin embargo, esta afirmación ignora el contexto en el que se ejerce el poder policial. En manifestaciones públicas, donde los ciudadanos ejercen derechos constitucionales, la presencia de agentes enmascarados puede tener un efecto intimidatorio, inhibiendo la participación y generando miedo.

Ejemplos recientes en Puerto Rico evidencian cómo el anonimato policial ha facilitado abusos. Durante las manifestaciones frente al Capitolio en junio de 2010, la Policía de Puerto Rico utilizó gases lacrimógenos, macanas y fuerza excesiva para dispersar a estudiantes universitarios que protestaban pacíficamente. En el hotel Sheraton en mayo de ese mismo año, agentes encubiertos reprimieron a manifestantes sin mediar provocación. Y en las huelgas universitarias, se documentaron casos de estrangulamientos simulados, acoso sexual y uso indiscriminado de municiones “menos letales”.

Cubrirse el rostro en una protesta no siempre responde a un intento de ocultar identidad por motivos ilegales. En muchos casos, es una forma de expresión simbólica, una protección frente a represalias o una medida sanitaria. La Corte Europea de Derechos Humanos ha subrayado que la rendición de cuentas policial es esencial para proteger los derechos fundamentales. Prohibir a los ciudadanos cubrirse el rostro mientras se permite a los agentes hacerlo sin control contradice el principio de igualdad ante la ley.

La delegación de Victoria Ciudadana ha sido clara en su reivindicación: toda actuación policial en espacios públicos debe estar sujeta a identificación visible, supervisión independiente y respeto absoluto a los derechos de expresión, reunión y protesta pacífica. La seguridad no puede ser excusa para que la policía estatal o municipal pueda ocultar el rostro.

La legislación aprobada, aunque incluye excepciones para actividades autorizadas y personas enfermas, no establece límites claros sobre cuándo, cómo y por qué los agentes pueden cubrirse el rostro. Esta ausencia de controles abre la puerta a arbitrariedades y vulnera el principio de legalidad.

La democracia se fortalece cuando el Estado se muestra, no cuando se esconde. La abstención de Victoria Ciudadana fue un acto de coherencia política frente a una norma que, lejos de proteger, puede convertirse en herramienta de represión. En tiempos donde la participación ciudadana es más necesaria que nunca, normalizar el anonimato del poder es silenciar la voz del pueblo.

Crisis en Puerto Rico (foto BBC)